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Así se sortean los jurados de votación


La Registraduría Nacional del Estado Civil realiza de manera aleatoria el sorteo de los jurados de votación que prestan su servicio en los distintos procesos electorales, mediante un software alimentado con las listas de ciudadanos elegibles suministradas por las empresas públicas y privadas, instituciones educativas y partidos y movimientos políticos.

En cada certamen electoral hay un conjunto de herramientas y actores que deben engranar adecuadamente para que todo marche sin problemas: los jurados, cuya importancia es vital para la democracia son uno de esos factores.

Ser jurado le permite al ciudadano asumir y poner en práctica su compromiso con los principios democráticos, porque los jurados son quienes están al frente de las mesas de votación, atienden a los sufragantes, manejan el material electoral, diligencian los formularios, vigilan las urnas y realizan el conteo de mesa. Por eso, los jurados son protagonistas en las jornadas electorales y su rol es crucial para garantizar el éxito y la transparencia de las elecciones.

De los jurados de votación depende en buena parte la velocidad en la información de los resultados. Son los ciudadanos que en representación de la sociedad civil atienden las elecciones. Pero ¿cómo se eligen?, ¿mediante qué procedimientos o mecanismos se seleccionan los nombres de las personas que tienen en sus manos el proceso electoral?

Así empieza el proceso de selección

Para las elecciones 2014, la Registraduría Nacional del Estado Civil puso en marcha un nuevo sistema para la designación de los jurados de votación, con el fin de blindar el proceso electoral de posibles fraudes en materia de suplantación de jurados.

La nueva plataforma permite que los Registradores de todo el país y, en una fase subsecuente, las empresas e instituciones públicas y privadas ingresen los datos de las personas que cumplen con los requisitos para ser jurados de votación en una aplicación Web donde se recopilan los datos que conformarán la base de datos para realizar el sorteo de jurados.

Esta es una diferencia substancial en relación con el mecanismo anterior, pues en el pasado la selección de los jurados se iniciaba con la elaboración de las planillas o archivos digitales, en donde se debían consignar los datos de los ciudadanos aptos como jurados de votación, por parte de las empresas, los establecimientos educativos y los partidos y movimientos políticos, con el fin de que cada entidad consignara la información de las personas aptas para ser elegidas.

Ahora, para generar mayor certidumbre y transparencia al proceso electoral, la consolidación de la base de datos de jurados se realiza en dos fases las cuales pueden ser monitoreadas en tiempo real. En la primera cada Registrador del país, por medio del uso de un usuario y una contraseña ingresa y procede a hacer la carga de los censos que tienen en sus respectivas jurisdicciones, proceso que culminó el pasado 29 de enero.

Acto seguido, los Registradores generan una serie de notificaciones por escrito en la que exhortan a los jefes de personal de cada empresa, institución educativa y partidos o colectividades políticas de su municipio a ingresar a un aplicativo que también se opera en ambiente Web, mediante el uso de usuario y contraseña para que ellos mismos carguen los nombres de los trabajadores que cumplen con los requisitos para ejercer como jurado de votación.

De acuerdo con la normatividad electoral, los ciudadanos aptos para ser jurados son todos aquellos entre los 18 y los 60 años con derechos políticos vigentes y sobre los cuales no haya pesado ninguna condena por delito alguno.

Una vez son cargados los datos, se procede a validar cada uno de estos para conformar la base de datos que se utiliza en el sorteo definitivo, asegurando que en cada municipio exista el mínimo de jurados requerido en cada zona.

La validación del archivo consolidado se realiza a través del cruce de los datos con el Archivo Nacional de Identificación, ANI, y el censo electoral. Tras este cruce, depuración y validación de la información, se generan dos archivos: uno con las personas que presentan novedades y no son aptas para ser designadas como jurados de votación y otro con los posibles jurados de votación.

Con este último archivo se realiza el sorteo de los jurados a nivel municipal, el cual tarda alrededor de 14 minutos en su ejecución. Este se hace mediante un software especializado que realiza la elección de los ciudadanos que prestarán el servicio.

¿Cómo se sortean los jurados?
Para las próximas elecciones de Congreso y Parlamento Andino, que se realizarán el 9 de marzo cerca de 660.000 ciudadanos serán designados en todo el país para prestar el servicio como jurados de votación, entre los que ya se incluye la cifra de jurados remanentes, quienes serían el remplazo en caso de existir faltantes debido a que los jurados no puedan asistir por estar incursos en alguna de las causales de exoneración.

Como medida para garantizar transparencia en el proceso, la Registraduría utiliza un software especializado para el sorteo, diseñado para atacar las posibilidades que se presenten fraudes electorales por suplantación de jurados.

¿Cómo? Sencillo: la importancia está en el paso previo al sorteo, en donde realiza una minuciosa depuración de los nombres de los ciudadanos que ingresan al sistema para hacer la designación.

Dentro de las características más importantes del sorteo de jurados está que el proceso se lleva a cabo de manera aleatoria. Esto quiere decir que una vez han sido ingresados los nombres y se han consolidado las bases de datos el software realiza una selección al azar de los nombres de los ciudadanos que serán designados como jurados de votación en los puestos y mesas habilitados para cada elección.

Es importante mencionar que el carácter aleatorio del sorteo no excluye a un ciudadano que ha sido elegido como jurado para un proceso electoral de volver a ser elegido como jurado en otro proceso distinto, independientemente de su naturaleza: local, regional o nacional. Por este motivo algunas de las personas que sirvieron como jurados de votación en las elecciones de autoridades locales de 2011 pueden volver a ser elegidas para los procesos electorales de 2014.

Lo anterior puede ocurrir debido a que en cada elección se realiza un nuevo sorteo al azar con las bases de datos nuevamente consolidadas, y si el ciudadano cumple con los requisitos puede salir electo una, dos o más veces.

Del mismo modo en que el azar del sorteo puede determinar que repitan algunos jurados en las listas, en esa misma lógica dichas listas pueden variar sustancialmente o parcialmente, de acuerdo con lo que reportan las empresas, instituciones educativas, públicas o privadas y los partidos y movimientos políticos.

Otra de las características más importantes del software es que permite publicar para conocimiento público las resoluciones de nombramiento de jurados, del mismo modo que permite dar cuenta de las modificaciones, todo con el fin de evitar que se hagan cambios a última hora de una manera inadecuada.

Vale decir que en todos los casos, sin excepción, es indispensable utilizar el software para proveer los jurados en las mesas en las que por alguna circunstancia los ciudadanos inicialmente designados no se presenten a prestar el servicio.

El software que realiza el sorteo de selección cuenta en su fase de diseño con la aplicación de algoritmos y fórmulas que garantizan que cada una de las mesas tenga representación de personas de diferentes colectividades y empresas para que no se presente homogeneidad en los sitios de votación, ya que al ser diligenciadas las planillas por parte de los jefes de personal es obligatorio escribir la filiación política de cada uno de los posibles jurados que militan en alguna colectividad.

Esta herramienta tecnológica utilizada para la selección de los jurados permite asignar la mesa y el puesto de votación en donde el ciudadano prestará el servicio. Adicionalmente, el sistema asigna el lugar en donde se debe presentar para asistir a las capacitaciones de jurados de votación, que tienen carácter obligatorio.

Si usted es electo como jurado de votación debe tener en cuenta que El artículo 105 del Código Electoral determina que "El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación, y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva, que hará el Registrador del Estado Civil o su delegado; 10 días calendario antes de la votación."

Por último, otra de las características del sorteo es que pensando en la comodidad de los jurados, el software permite ubicar a los ciudadanos que prestarán el servicio, en el mismo lugar en donde tienen inscrita la cédula, según los datos del censo electoral. Todo con el fin de que se les brinde mayor comodidad debido a que estarán asignados en un puesto de votación cerca de su lugar de residencia y de votación.

 


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