Bogotá D.C., lunes
14 de febrero 2011. En el marco de la
colaboración que la Registraduría Nacional del Estado Civil presta a los
distintos partidos y movimientos políticos para la realización de sus consultas
populares, internas o interpartidistas, la Entidad expidió la
Resolución 1040 del 11 de febrero de 2011, mediante la cual se establece el
calendario electoral para las consultas que se celebrarán el domingo 29 de mayo.
El Consejo Nacional Electoral,
mediante
Resolución 0014 del pasado 2 de febrero, estableció que el 29 de mayo será
la fecha en la que los partidos y movimientos políticos que así lo deseen,
realizarán consultas populares o internas o interpartidistas para la toma de sus
decisiones o la escogencia de sus candidatos a autoridades territoriales que
participaran en las elecciones del 30 de octubre.
Con base en esa fecha la
Registraduría Nacional del Estado Civil elaboró el
calendario electoral
para estas consultas internas, populares o interpartidistas.
De acuerdo con lo establecido en
el
calendario, desde el
pasado 30 de enero, cuatro meses antes de la elección, se suspendió la
incorporación de cédulas de primera vez en el censo electoral que se utilizará
para las consultas.
Dentro de dos semanas, el lunes
28 de febrero, 3 meses antes de la elección, vence el plazo para que los
partidos y movimientos políticos soliciten por escrito ante el Consejo Nacional
Electoral la realización de la consulta para la toma de decisiones o la
selección de candidatos y ese mismo día inicia la propaganda de los
precandidatos de los Partidos o Movimientos Políticos que hayan comunicado al
Consejo Nacional Electoral, la decisión de realizar consulta.
El jueves 28 de abril, 30
días antes de la consulta, vence el plazo para que los partidos y movimientos
políticos inscriban ante la Registraduría los candidatos.
El viernes 13 de mayo se
realizará la designación de jurados, y el
miércoles 18 de mayo se publicarán los listados de las personas
seleccionadas para prestar sus servicios.
El domingo 29 de mayo se
realizarán las consultas y el
lunes 30 de mayo se inician los escrutinios Distritales, Municipales y
Auxiliares.
La Registraduría Nacional del
Estado Civil para estas consultas contratará el proceso de preconteo, el que
permite divulgar resultados nacionales, regionales y locales de forma ágil, a
título meramente informativo ya que sólo tienen poder vinculante los resultados
del proceso de escrutinio.
Calendario Consultas
29 de mayo |
febrero |
28 |
Vence el plazo para que los Partidos y Movimientos
con Personería Jurídica comuniquen al CNE, la
decisión de realizar consulta (3 meses antes de la
elección) |
28 |
Inicia Propaganda de
los Precandidatos de los Partidos y Movimientos
Políticos, que hayan comunicado al CNE, la decisión
de realizar consulta (3 meses antes de la elección) |
15 |
Vence el plazo para que
los Registradores Distritales y Municipales,
soliciten a las entidades Públicas, Privadas y
Directorios Políticos y establecimientos educativos
las listas de las personas que pueden prestar el
servicio de jurados
|
abril |
28 |
Vence el plazo para que
los candidatos a la Consulta se inscriban ante la
Registraduría Nacional del Estado Civil (30 días
calendario antes de la elección) |
mayo |
13 |
Designación de los
Jurados de Votación ( 15 días calendario antes de la
Elección)
|
18 |
Publicación de Listas
de Jurados de Votación (10 días calendario antes de
la elección) |
28 |
Inicia la Ley Seca
(6:00 p.m. del día anterior a la elección)
|
29 |
Día de la Consulta |
30 |
Se inician los
escrutinios Distritales Municipales y Auxiliares (
11 a.m. lunes siguiente a la elección) |
|